8.2.07

Sobre bienes culturales I.

Ayer mientras escribía la nota sobre el nuevo largometraje de James Ivory y los millones de dólares que insume su producción, pensaba en la cantidad de argentinos y latinoamericanos que llenos de talento tienen guiones buenísimos para llevar a la pantalla grande y la difícil empresa de poder producirlos por cuestiones económicas y así emprenden el engorroso camino de pedir subsidios, becas y ayudas.

Como es sabido el cine es un “bien cultural”. Bienes culturales son todos aquellos bienes de consumo que transmiten ideas, valores simbólicos y modos de vida, informan o entretienen contribuyendo a forjar y a difundir la identidad colectiva así como a influir las prácticas culturales. Su singularidad consiste en que se transmite sobre soportes capaces de ser reproducidos industrialmente y multiplicados para su circulación masiva. Libros, revistas, productos multimedia, software, grabaciones sonoras, películas, videos y series audiovisuales, productos artesanales y de diseño, constituyen así la rica oferta cultural a disposición de los ciudadanos. La cultura es la expresión y la proyección de una sociedad, junto a la educación es pilar del desarrollo de la misma, permite generar una identidad y marca propia, como también la existencia a largo plazo de esa sociedad. En esa construcción que tiene efectos sociales y económicos, las industrias culturales nacionales juegan un rol fundamental.

En Mayo del 2005 En el contexto del 4 Festival Internacional de Cine de Cuenca (Ecuador), un grupo de cineastas y productores nacionales e invitados internacionales se reunieron para discutir la necesidad de exceptuar los bienes culturales del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, para luego lograr una ley de cine. Como resultado de este conversatorio llamado "Visión Ecuador" surgió una carta dirigida al presidente de Ecuador, Doctor Alfredo Palacio, la que fue firmada por algunos de los más importantes cineastas ecuatorianos, invitados internacionales y autoridades políticas locales. En dicho documento expresan “Como creadores y productores cinematográficos y audiovisuales, consideramos que la imagen país es el reflejo de una nación en el extranjero, que afirma su identidad y cultura, y facilita la comercialización de sus productos y servicios. Los medios audiovisuales, por ser masivos, son fundamentales para la difusión de nuestra identidad cultural. Las industrias culturales son además importantísimas generadores de ingresos, y por tal razón, independiente del tamaño de su economía, o del grado de apertura al mercado, la mayoría de países protegen su producción cultural.”

Concebir a la cultura y por ende a los bienes culturales de este modo es imprescindible para poder pensar la “doctrina de excepción de bienes culturales” pues la cultura no es una mercancía como cualquier otra y se necesitan medidas de acción positivas para mantener y desarrollar una producción nacional económicamente viable, capaz de reflejar las expresiones culturales locales y de evitar la homogeneidad de gustos y comportamientos sociales. Las industrias culturales sometidas únicamente a las reglas de carácter comercial, como cualquier otro sector de la actividad, serían rápidamente reemplazadas por empresas sólidamente financiadas en razón de su carácter monopólico o de su implantación multinacional. Es por lo que se considera necesaria la existencia de medidas de acción positivas para mantener y desarrollar una producción nacional económicamente viable, capaz de reflejar las expresiones culturales locales y de evitar la homogeneidad de gustos y comportamientos sociales.

En lo referente al comercio de bienes culturales, la doctrina de la “excepción cultural” se expresa en el mantenimiento del Artículo IV de la Parte II del Acuerdo del GATT. Se incluyó una cláusula especial relativa a películas cinematográficas que permite imponer cuotas de pantalla exigiendo la exhibición de un mínimo de películas de producción nacional, así como del mantenimiento de una excepción general para aquellas medidas destinadas a proteger “Tesoros nacionales de valor artístico, histórico o arqueológico” (Artículos XXI). Todos los otros bienes culturales (excepto películas y videos de grabación doméstica) estarán sometidos a las disciplinas del GATT.

La noción de “diversidad cultural” referida a los bienes y servicios culturales, se evocó durante la preparación de la Reunión ministerial de la OMC de Seattle. Se afirmó que sólo políticas culturales apropiadas pueden garantizar la preservación de la diversidad creativa contra el riesgo de una cultura única, del mismo modo que sólo políticas de preservación de la biodiversidad pueden garantizar la protección de los ecosistemas naturales y, por tanto, de la diversidad de las especies.

La “diversidad cultural” se manifiesta como la expresión positiva de un objetivo general que se debe conseguir: la valoración y el apoyo a todas las culturas del mundo frente a los riesgos de un mundo uniforme. Bajo esta perspectiva, la “excepción cultural” representa uno de los muchos medios que pueden conducir a la protección y valoración de la diversidad cultural. Uno de los elementos claves del razonamiento reside en el reconocimiento de que los bienes y servicios culturales (libros, discos, juegos, multimedia, películas y audiovisuales) no son equiparables a otras mercancías y servicios. Por lo tanto, merecen un trato diferenciado que les proteja de la estandarización comercial derivada del consumo masivo. Lógicamente esto implica, como mínimo, un tratamiento “diferente”, dentro de los acuerdos que rigen el comercio internacional. Para lograrlo es importante construir un marco reglamentario eficaz y definir políticas culturales de estado que permitan promover y apoyar el desarrollo de las industrias culturales. La dificultad estriba en encontrar fórmulas apropiadas para que las normas del comercio internacional permitan abrir espacios donde los habitantes de todo el planeta puedan crear y expresarse a través de bienes y servicios culturales, puedan elegir los que deseen adquirir o disfrutar y además puedan hacerlo en condiciones de justicia y de equidad.

Volveremos sobre el tema de las industrias culturales en la globalización en lo pronto, por el momento dejo link relacionados.

Observatorio de Industrias Culturales del Gobierno de Buenos Aires.

Reunión Especializada de Audiovisuales del MERCOSUR y Estados Asociados